Columna: Violencia contra la mujer y derechos humanos
La violencia tiene varias facetas, entre ellas la violencia psicológica y la violencia económica, esta última ejercida a través de los hijos al tratar de reducir al máximo la pensión de alimentos en los casos de separación o divorcio de los padres o para seguir controlando a la mujer mediante la triangulación y la violencia vicaria ejercida sobre los niños.
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La violencia de género en el hogar constituye una flagrante transgresión de los principios consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Entre otras cosas, la violencia contra las mujeres es una violación del derecho a la vida, a la libertad y a su seguridad personal.
Cuando escuchamos hablar de Derechos Humanos, asociamos esta idea a los abusos cometidos en el ámbito político, pero el concepto es mucho mas amplio y mas cercano de lo que parece.
Existe una realidad que por siglos se ha intentado mantener oculta y es el abuso cometido por el género masculino, en el trabajo y en el hogar. La violencia ejercida generalmente por los hombres en contra de la mujer que en teoría debiera amar y proteger se sustenta en el machismo arraigado en nuestra cultura, incluso que muchas mujeres han naturalizado y lo aceptan como algo normal.
La violencia tiene varias facetas, entre ellas la violencia psicológica y la violencia económica, esta última ejercida a través de los hijos al tratar de reducir al máximo la pensión de alimentos en los casos de separación o divorcio de los padres o para seguir controlando a la mujer mediante la triangulación y la violencia vicaria ejercida sobre los niños.
La violencia es una grave violación a los Derechos Humanos, es tan grave como una pandemia y esto ha llevado a que la Organización Mundial de la Salud a declararla como un asunto de Salud Pública. Este es un problema de toda la sociedad y del Estado. Nuestro país ha adherido a dos convenciones la primera entrada en vigor en septiembre del año 1981, la “Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer” (CEDAW); y la segunda del 5 de marzo del año 1995, “Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer” (Convención Belem do Pará). Estos instrumentos normativos debieran enseñarse desde temprana edad en las escuelas y ponerse en práctica en los trabajos y en el hogar, mediante la difusión que hagan los organismos públicos y privados con el apoyo del Estado y de las Empresas.
Nuestra Fundación “Te Apoyamos Mujer” pretende ayudar y orientar a mujeres maltratadas que hayan decidido romper con el Ciclo de la Violencia y terminar de una vez por todas con este flagelo que afecta a nuestra sociedad.
Héctor Rivera Quiñones
Nelly Álvarez Paniagua
Abogados
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