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Oficina de COMPIN dejará de funcionar en Vicuña por término de convenio con el municipio

Red Comunales

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El viernes 31 de diciembre del presente año deja de prestar sus servicios a las comunas de Vicuña y Paihuano, la oficina de COMPIN (Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez) que está ubicada en el Pasaje Ignacio Carrera Pinto, detrás del Hospital de Vicuña.

Este cese de labores se origina porque el Municipio de Vicuña decidió terminar el convenio que existe con la Seremi de Salud; convenio que se estableció en el 2007 por la ex alcaldesa Gloria Torres Espejo y que se desarrolló durante 14 años. Dicho convenio establecía que la Seremi de Salud prestaba sus dependencias en el domicilio antes señalado y el Municipio de Vicuña contrataba una funcionaria mediante un contrato a honorarios.

En consecuencia, desde el lunes 3 de enero los habitantes de las dos comunas elquinas no podrán realizar los trámites que inherentes a COMPIN, como las licencias médicas y sus apelaciones, venta de talonarios de licencias médicas a los profesionales de la salud y trámites de discapacidad.

Desde el próximo mes las personas con enfermedades terminales y recién operadas, los socios de la Caja de Compensación La Araucana y la comunidad en general de ambas comunas tendrán que viajar a La Serena para efectuar sus trámites.

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 RESPUESTA DE LA SEREMI DE SALUD ANTE LA CONSULTA POR ESTA SITUACIÓN

Ante la consulta de El Vicuñense.cl a la Seremi de Salud de la Región de Coquimbo se contestó que a través de la oficina comunal de la SEREMI de Vicuña se recibirá la documentación que los usuarios necesiten entregar, sin embargo, otros trámites deberán realizarse en las oficinas de La Serena o a través de la página web www.milicenciamedica.cl

 ¿QUÉ ES LA COMPIN?

Se debe precisar que la COMPIN, es un departamento técnico administrativo encargado de evaluar, constatar, declarar y certificar el estado de salud de los trabajadores y demás beneficiarios, a objeto de determinar la capacidad de trabajo o recuperabilidad de sus estados patológicos permanentes o transitorios, con el fin de que accedan a los beneficios estatutarios, laborales, asistenciales y/o previsionales y para que las autoridades administrativas, las entidades previsionales y los empleadores adopten las medidas correspondientes.

 

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